Documentos de la ejecución de Querétaro
Querétaro, junio 14 de 1867. |
Vista la orden del ciudadano general en jefe del día 24 del pasado
mayo para la instrucción de este proceso; la de 21 del mismo mes del
ministerio de la Guerra que se cita en la anterior, en virtud de las
cuales han sido juzgados Fernando Maximiliano de Habsburgo, que se
tituló emperador de México, y sus generales Miguel Miramón y Tomás
Mejía, por delitos contra la nación, el orden y la paz pública, el
derecho de gentes y las garantías individuales; visto el proceso formado
contra los expresados reos con todas las diligencias y constancias que
contiene, de todo lo cual ha hecho relación al Consejo de Guerra el
fiscal, teniente coronel de infantería, ciudadano Manuel Azpíroz;
habiendo comparecido ante el Consejo de Guerra que presidió el teniente
coronel de infantería permanente ciudadano Rafael Platón Sánchez; todo
bien examinado con la conclusión y dictamen de dicho fiscal y defensas,
que por escrito y de palabra hicieron de dichos reos sus procuradores
respectivos, el Consejo de Guerra ha juzgado, convencidos
suficientemente de los delitos contra la nación, el derecho de gentes,
el orden y la paz pública que especifican las fracciones primera,
tercera, cuarta y quinta del artículo primero, quinta del artículo
segundo y décima del artículo tercero de la ley de 25 de enero de 1862 a
Fernando Maximiliano; y de los delitos contra la nación y el derecho de
gentes que se expresan en las fracciones segunda, tercera, cuarta y
quinta del artículo primero y quinta del artículo segundo de la citada
ley, a los reos Miguel Miramón y Tomás Mejía; con la circunstancia que
en los tres concurre, de haber sido cogidos in fraganti en acción de
guerra el día 15 del próximo pasado mayo en esta plaza, cuyo caso es el
del artículo veinte y ocho de la referida ley y, por tanto, condena con
arreglo a ella a los expresados reos Fernando Maximiliano, Miguel
Miramón y Tomás Mejía, a la pena capital, señalada para los delitos
referidos.
Querétaro, junio 14 de 1867.
R. Platón Sánchez Juan Rueda y Auza Ignacio Jurado Lucas Villagrana Emilio Lojero José C. Verástegui José V. Ramírez
Querétaro, en la prisión de las Capuchinas, junio 17 de 1867 |
(Al ministro barón de Lago)
Querido barón:
Nada tengo ya que ver en el mundo y mis últimos deseos se limitan a
mis restos mortales, que pronto quedarán libres de padecimientos, y en
favor de los que me sobrevivan.
Mi médico, el doctor Basch, hará transportar mi cuerpo a Veracruz.
Dos sirvientes, Gull y Tudos, serán los únicos que le acompañarán.
He dado orden de que se conduzca mi cuerpo a Veracruz sin ninguna
pompa y que a bordo no se haga ninguna ceremonia extraordinaria.
He esperado la muerte con calma y quiero, igualmente, gozar de calma en el féretro.
Procurad, querido barón, que en uno de los dos buques de guerra el doctor Basch y mis dos criados sean transportados a Europa.
Quiero que se me entierre al lado de mi pobre esposa.
Si no tuviere fundamento la noticia de la muerte de mi pobre mujer,
deberá depositarse mi cuerpo en un sitio cualquiera, hasta que la
emperatriz se reúna conmigo por la muerte.
Tened la bondad de transmitir las órdenes necesarias al capitán de navío del Greeller.
Tened igualmente la bondad de hacer cuanto esté de vuestra parte para
que la viuda de mi fiel compañero de armas Miramón, pueda ir a Europa
en uno de los dos buques de guerra.
Cuento tanto más con que se cumpla este deseo, cuanto que la he encargado que se traslade a Viena cerca de mi madre.
De nuevo os doy las más cordiales gracias por todas las incomodidades que os causo y soy con la mayor benevolencia, vuestro.
Maximiliano
En el Cerro de las Campanas, sito a 700 metros de la orilla
occidental de la ciudad de Querétaro, a las siete y cinco minutos de la
mañana del día 19 de junio de 1867, yo, el infrascrito escribano, doy
fe, que en virtud de la sentencia pronunciada por el Consejo ordinario
de Guerra y confirmada con el decreto asesorado del ciudadano general en
jefe del cuerpo de ejército del Norte, de ser pasados por las armas los
reos Fernando Maximiliano de Austria, llamado emperador de México, y
sus generales Tomás Mejía y Miguel Miramón, se les condujo con segura
custodia al punto citado, donde se hallaban situadas las tropas para la
ejecución de la referida sentencia, mandadas por el ciudadano general
Jesús Díaz de León, y habiéndose publicado por dicho señor el bando de
ordenanza, fueron simultáneamente ejecutados los precitados reos a la
hora y en el lugar referidos, y para constancia, el ciudadano fiscal
mandó se pusiera por diligencia, que firmó conmigo el presente
escribano.
González Félix
G. Dávila
Señor general don Ramón Corona
Guadalupe Hidalgo
Guadalupe Hidalgo
Mi estimado amigo:
Recibí la carta de usted de 13 del corriente con la copia de la que
escribió a usted don Manuel Lozada, pidiendo la gracia de indulto en
favor de Castillo, Maximiliano, Miramón y Mejía.
Desea usted que yo le dé a conocer mi opinión respecto de ese paso
dado por Lozada y lo haré así manifestándole a usted que, en mi
concepto, nada tiene de extraño que Lozada y otras personas hagan tal
solicitud, porque como hombre y como partidario debe interesarse en la
salvación de sus correligionarios y como él deseaba que usted fuera el
conducto por donde me llegara su petición, hizo usted muy bien en
mandármela y en contestarle del modo que aparece en la copia que me
mandó usted de su contestación.
En cuanto a la resolución del gobierno respecto de la gracia que no
sólo el señor Lozada sino otras personas y los defensores de
Maximiliano, Miramón y Mejía han solicitado, alegando, entre otras
razones, las mismas que Lozada expresa en su carta, ya se dio ayer
denegándose dicha gracia, después de haberse considerado profunda y
concienzudamente todos los alegatos y razones que han expresado los
interesados, así como las de justicia y conveniencia nacional que el
gobierno está en el deber de respetar.
Tendré presente lo que me dice usted respecto de la aduana de Guaymas
que no pierdo de vista, pues tengo interés en extirpar los abusos,
aunque, como usted comprenderá, no puede hacerse tan pronto como
quisiéramos; pero, habiendo constancia, todo quedará remediado.
Soy de usted amigo, etc.
(Benito Juárez)
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