Documentos de la ejecución de Querétaro

Querétaro, junio 14 de 1867.



Vista la orden del ciudadano general en jefe del día 24 del pasado mayo para la instrucción de este proceso; la de 21 del mismo mes del ministerio de la Guerra que se cita en la anterior, en virtud de las cuales han sido juzgados Fernando Maximiliano de Habsburgo, que se tituló emperador de México, y sus generales Miguel Miramón y Tomás Mejía, por delitos contra la nación, el orden y la paz pública, el derecho de gentes y las garantías individuales; visto el proceso formado contra los expresados reos con todas las diligencias y constancias que contiene, de todo lo cual ha hecho relación al Consejo de Guerra el fiscal, teniente coronel de infantería, ciudadano Manuel Azpíroz; habiendo comparecido ante el Consejo de Guerra que presidió el teniente coronel de infantería permanente ciudadano Rafael Platón Sánchez; todo bien examinado con la conclusión y dictamen de dicho fiscal y defensas, que por escrito y de palabra hicieron de dichos reos sus procuradores respectivos, el Consejo de Guerra ha juzgado, convencidos suficientemente de los delitos contra la nación, el derecho de gentes, el orden y la paz pública que especifican las fracciones primera, tercera, cuarta y quinta del artículo primero, quinta del artículo segundo y décima del artículo tercero de la ley de 25 de enero de 1862 a Fernando Maximiliano; y de los delitos contra la nación y el derecho de gentes que se expresan en las fracciones segunda, tercera, cuarta y quinta del artículo primero y quinta del artículo segundo de la citada ley, a los reos Miguel Miramón y Tomás Mejía; con la circunstancia que en los tres concurre, de haber sido cogidos in fraganti en acción de guerra el día 15 del próximo pasado mayo en esta plaza, cuyo caso es el del artículo veinte y ocho de la referida ley y, por tanto, condena con arreglo a ella a los expresados reos Fernando Maximiliano, Miguel Miramón y Tomás Mejía, a la pena capital, señalada para los delitos referidos.
Querétaro, junio 14 de 1867.
R. Platón Sánchez Juan Rueda y Auza Ignacio Jurado Lucas Villagrana Emilio Lojero José C. Verástegui José V. Ramírez  



Querétaro, en la prisión de las Capuchinas, junio 17 de 1867



(Al ministro barón de Lago)
Querido barón:
Nada tengo ya que ver en el mundo y mis últimos deseos se limitan a mis restos mortales, que pronto quedarán libres de padecimientos, y en favor de los que me sobrevivan.
Mi médico, el doctor Basch, hará transportar mi cuerpo a Veracruz.
Dos sirvientes, Gull y Tudos, serán los únicos que le acompañarán.
He dado orden de que se conduzca mi cuerpo a Veracruz sin ninguna pompa y que a bordo no se haga ninguna ceremonia extraordinaria.
He esperado la muerte con calma y quiero, igualmente, gozar de calma en el féretro.
Procurad, querido barón, que en uno de los dos buques de guerra el doctor Basch y mis dos criados sean transportados a Europa.
Quiero que se me entierre al lado de mi pobre esposa.
Si no tuviere fundamento la noticia de la muerte de mi pobre mujer, deberá depositarse mi cuerpo en un sitio cualquiera, hasta que la emperatriz se reúna conmigo por la muerte.
Tened la bondad de transmitir las órdenes necesarias al capitán de navío del Greeller.
Tened igualmente la bondad de hacer cuanto esté de vuestra parte para que la viuda de mi fiel compañero de armas Miramón, pueda ir a Europa en uno de los dos buques de guerra.
Cuento tanto más con que se cumpla este deseo, cuanto que la he encargado que se traslade a Viena cerca de mi madre.
De nuevo os doy las más cordiales gracias por todas las incomodidades que os causo y soy con la mayor benevolencia, vuestro.
Maximiliano
 

En el Cerro de las Campanas, sito a 700 metros de la orilla occidental de la ciudad de Querétaro, a las siete y cinco minutos de la mañana del día 19 de junio de 1867, yo, el infrascrito escribano, doy fe, que en virtud de la sentencia pronunciada por el Consejo ordinario de Guerra y confirmada con el decreto asesorado del ciudadano general en jefe del cuerpo de ejército del Norte, de ser pasados por las armas los reos Fernando Maximiliano de Austria, llamado emperador de México, y sus generales Tomás Mejía y Miguel Miramón, se les condujo con segura custodia al punto citado, donde se hallaban situadas las tropas para la ejecución de la referida sentencia, mandadas por el ciudadano general Jesús Díaz de León, y habiéndose publicado por dicho señor el bando de ordenanza, fueron simultáneamente ejecutados los precitados reos a la hora y en el lugar referidos, y para constancia, el ciudadano fiscal mandó se pusiera por diligencia, que firmó conmigo el presente escribano.
González Félix
G. Dávila  


Señor general don Ramón Corona
Guadalupe Hidalgo
Mi estimado amigo:
Recibí la carta de usted de 13 del corriente con la copia de la que escribió a usted don Manuel Lozada, pidiendo la gracia de indulto en favor de Castillo, Maximiliano, Miramón y Mejía.
Desea usted que yo le dé a conocer mi opinión respecto de ese paso dado por Lozada y lo haré así manifestándole a usted que, en mi concepto, nada tiene de extraño que Lozada y otras personas hagan tal solicitud, porque como hombre y como partidario debe interesarse en la salvación de sus correligionarios y como él deseaba que usted fuera el conducto por donde me llegara su petición, hizo usted muy bien en mandármela y en contestarle del modo que aparece en la copia que me mandó usted de su contestación.
En cuanto a la resolución del gobierno respecto de la gracia que no sólo el señor Lozada sino otras personas y los defensores de Maximiliano, Miramón y Mejía han solicitado, alegando, entre otras razones, las mismas que Lozada expresa en su carta, ya se dio ayer denegándose dicha gracia, después de haberse considerado profunda y concienzudamente todos los alegatos y razones que han expresado los interesados, así como las de justicia y conveniencia nacional que el gobierno está en el deber de respetar.
Tendré presente lo que me dice usted respecto de la aduana de Guaymas que no pierdo de vista, pues tengo interés en extirpar los abusos, aunque, como usted comprenderá, no puede hacerse tan pronto como quisiéramos; pero, habiendo constancia, todo quedará remediado.
Soy de usted amigo, etc.
(Benito Juárez)

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